Exenciones de Ganancias: Impacto en alquileres y ventas de propiedades en el país

El reciente Decreto 406/2026 introduce exenciones en el Impuesto a las Ganancias para alquileres de vivienda, buscando aumentar la oferta de inmuebles y aliviar la carga fiscal. Esto incluye propiedades destinadas exclusivamente a vivienda, sin límite en la cantidad de unidades. La exención aplica desde el 1 de enero de 2026, ofreciendo certeza jurídica a propietarios e inquilinos.

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El reciente Decreto 406/2026, publicado el 1 de junio, introduce modificaciones significativas en la tributación del sector inmobiliario, afectando tanto a propietarios como a inquilinos. Este decreto reglamenta cambios establecidos por la Ley 27.802 y busca aliviar la carga impositiva en un contexto donde el acceso a la vivienda y el mercado de alquileres son temas centrales del debate social.

Una de las definiciones clave del decreto es la de “casa-habitación”, que se refiere a inmuebles destinados a vivienda única y de ocupación permanente. Esto implica que las rentas provenientes de alquileres y subalquileres quedan exentas del Impuesto a las Ganancias, siempre que el destino del inmueble sea exclusivamente habitacional. Esta exención incluye no solo el alquiler, sino también los costos asociados a muebles y servicios ofrecidos por el propietario.

La exención aplica a todas las unidades destinadas a locación por una persona o sucesión indivisa, sin límite en la cantidad de propiedades, siempre que su uso sea exclusivo para vivienda. Además, la normativa aclara que la exención rige para las rentas devengadas desde el 1° de enero de 2026, brindando certeza jurídica respecto a la aplicación de estas medidas.

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Redacción ZapalaYa
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